La disponibilidad de la vida en el ámbito del derecho penal: la huelga de hambre y muerte digna

Autores/as

DOI:

https://doi.org/10.5281/zenodo.7499469

Palabras clave:

nutrición, huelga de hambre, disponibilidad de vida, ámbito /derecho penal

Resumen

De manera internacional y nacional cada país ha construido un sistema dentro del ámbito penal para escuchar y responder a las necesidades de las personas privadas de la libertad, en consecuencia, se ha señalado un conjunto de reglas mínimas para el tratamiento de los reclusos, en la que exige que toda persona recluida reciba una alimentación lo suficiente para el mantenimiento de su salud y de sus fuerzas, sin embargo, existen casos recurrentes de huelgas de hambre ya que estas han resultado aparentemente como un medio de comunicación y forma de revelar sus demandas o reclamos, en estos casos los organismos del Estado han tomado decisiones respecto a la afectación de la integridad física y psicológica del huelguista, tomando la decisión de proceder en una alimentación forzada de parte del servicio médico.

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Biografía del autor/a

Anaceli Flores Eleuterio, Universidad del Istmo

Estudiante de Licenciatura en Nutrición y Asistente de Investigación del Centro de Investigación en Nutrición y Alimentación. Universidad del Istmo, campus Juchitán. Oaxaca.

Edú Ortega Ibarra, Universidad del Istmo

Estudiante de Especialidad en Gestión y Evaluación de los Aprendizajes desde el Enfoque por Competencias. Candidato a Doctor en Educación con énfasis en Programas y Política Educativa. Maestro en Seguridad Alimentaria y Nutricional con énfasis en Programas y Política Alimentarias. Licenciado en Nutrición. Director Académico. Coordinador General del Centro de Investigación en Nutrición y Alimentación. Universidad del Istmo (UNISTMO), campus Juchitán de Zaragoza, Oaxaca.

Citas

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Publicado

01-08-2019

Cómo citar

Flores Eleuterio, A., & Ortega Ibarra, E. (2019). La disponibilidad de la vida en el ámbito del derecho penal: la huelga de hambre y muerte digna. Universita Ciencia, 8(22), 27–42. https://doi.org/10.5281/zenodo.7499469