La reforma constitucional en materia de derechos humanos
DOI:
https://doi.org/10.5281/zenodo.8247191Palabras clave:
Reforma constitucional, Pro persona, Derechos humanosResumen
En un primer momento se hará un breve recorrido por los acontecimientos históricos Universales -desde nuestra postura en un orden de importancia- que dieron pauta al sistema normativo de protección de los Derechos Humanos, lo anterior con la finalidad de dar mayor claridad, a lo que ha significado la reforma constitucional en materia de Derechos Humanos en el Sistema Jurídico Mexicano –pues aunque desde un punto de vista más abstracto, antes de la reforma no había excusa para realizar un control de convencionalidad por ejemplo, o utilizar el principio pro persona-, no debemos olvidar el corte positivista que caracteriza a nuestro México, sin mayor hondura, pasemos a lo siguiente.
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Anaya Muñoz, Alejandro y Medellin Urquiaga, Ximena, Compilación de instrumentos básicos de la Corte Penal Internacional.
Azuara Pérez, Leandro. La filosofía en la patrística y en la escolástica, Biblioteca Jurídica virtual de la UNAM. Recuperado el 12 de marzo de 2011, de http://www.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/facdermx/cont/63/dtr/dtr1.pdf.
Bacardí, Alejandro de. (1885). Nuevo Colon o Tratado del Derecho Militar de España y sus Yndias, Barcelona: Imprenta de Narciso Ramírez, 1858. Del mismo autor: Diccionario de Legislación Militar, Barcelona: Imprenta de Sucesores de Narciso Ramírez y Cia.
Bello, Eduardo. (2002). Libertad, igualdad y Tolerancia. Recuperado el 12 de marzo de 2011, de, E.
Bello / A. Rivera (eds.) La actitud ilustrada, Valencia, Biblioteca Valenciana.
Declaración del Hombre y del ciudadano (1789). Aprobada por la Asamblea Francesa.
Dwork, Deboranh y Van Pelt, Robert Jan, Holocausto. Una Historia, citado por Miguel Carbonell en La universalidad de los derechos tomada en serio: 60 años de frustraciones y esperanzas. Recuperado el 26 de noviembre de 2011, de, http://www.bibliojuridica.org/libros/6/2834/22.pdf
García Ramírez, Sergio. El sistema penitenciario siglo XIX y XX. Recuperado el 21 de marzo de 2011, de, http://www.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/boletin/cont/95/art/art3.pdf
H. Sabine. (1984). George, Historia de la Teoría política México, D. F, FCE.
Madrazo, Jorge. (1993). Derechos Humanos: el Nuevo enfoque mexicano, FCE, México.
Morineau Iduarte, Marta y Román Iglesias González (1998). Derecho Romano, México, D.F, Oxford.
Nowak, Manfred et. al. (2005). Derechos Humanos, manual para parlamentarios, Francia, Oficina del alto Comisionado de Naciones Unidas y Unión Interparlamentaria.
O´Donell, Daniel. (2007). Derecho Internacional de los Derechos humanos, normativa, jurisprudencia y doctrina de los sistemas universal e interamericano, México, D.F. Oficina en México del Alto Comisionado de Naciones unidas- Egap.
Ortega San Vicente, Alejandro. (1983). Evolución del Derecho a la información en el orden Jurídico Mexicano, Comisión Nacional de Derechos Humanos, México.
Sepulveda, Cesar (1983), Derecho Internacional, México D.F, Porrua.
Tapia Hernández, Silverio, Breves consideraciones acerca de las Declaración Universal de Derechos Humanos, su contenido y trascendencia internacional. Comisión de Derechos Humanos del Estado de México. Recuperado el 12 de marzo de 2011 de, http://www.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/derhum/cont/22/pr/pr17.pdf
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