Contradicción de tesis 293/2011; Restrictiva de los Derechos Humanos
DOI:
https://doi.org/10.5281/zenodo.7144259Palabras clave:
Derechos humanos, control difuso, control constitucional, control convencional, interpretación conforme, jurisprudencia, tratados internacionalesResumen
La contradicción de tesis 293/2011, que resulta de la interpretación del artículo primero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos vigente, resuelta por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, refiere que a los derechos humanos de fuente internacional se les reconoce el mismo rango que los previstos en la norma suprema y que ante una restricción expresa en ella al ejercicio de los derechos humanos, se deberá estar a lo que indica la norma Constitucional, esto es, se privilegian las restricciones, lo que genera que sea la propia jurisprudencia, restrictiva de los derechos humanos y no la Constitución, siendo ésta, la que debería estar por encima de jurisprudencia y ésta última, únicamente interpretativa mas no materialmente reformativa de la Constitución.
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