El derecho de las figuras públicas al olvido
DOI:
https://doi.org/10.5281/zenodo.15122108Palabras clave:
derecho al olvido, derecho a la información, datos personales, figuras públicas, interés públicoResumen
El derecho de supresión u olvido permite a los usuarios de la red obtener el borrado y cifrado en línea de sus datos personales cuando estos resulten agraviantes para sus derechos personales. Sin embargo, en el caso de las figuras públicas, el derecho al olvido está sujeto a restricciones de acuerdo con la jurisprudencia y el derecho comparado; en especial cuando existe una colisión de derechos. Por ello, la ponderación y el interés público se vislumbran como un límite y una solución cuando el ejercicio del derecho a la libertad de expresión e información en el ámbito digital se confrontan con la privacidad, la intimidad, el honor y la imagen.
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Citas
Alexy, R. (1994). Derechos, razonamiento jurídico y discurso racional. Isonomía: Revista de Teoría y Filosofía del Derecho, (1), pp. 37-49. https://www.cervantesvirtual.com/nd/ark:/59851/bmc2b999
Alexy, R. (2001). Teoría de los derechos fundamentales, Trad. Ernesto Garzón Valdés. Centro de Estudios Políticos y Constitucionales. https://www.pensamientopenal.com.ar/system/files/2014/12/doctrina37294.pdf
Arenas, R. (2015). Reforzando el ejercicio del derecho a la protección de datos: viejas y nuevas facultades. En A. Rallo y R. García (Eds.), Hacia un nuevo Derecho europeo de Protección de Datos (pp. 311-372). Tirant lo Blanch. https://dialnet.unirioja.es/servlet/libro?codigo=573139
Bertelsman, W. O. (1968). The First Amendment and protection of reputation and privacy –New York Times Co. v. Sullivan and how it grew. Kentucky Law Journal, 56 (4), artículo 3. https://uknowledge.uky.edu/klj/vol56/iss4/3
Cores, C. A. de y C. J. M. (2007). El concepto de interés público y su incidencia en la contratación administrativa. Revista de Derecho, 6 (11), pp. 131-140. http://revistaderecho.um.edu.uy/wp-content/uploads/2012/10/DERECHO-11.pdf
Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). (2017). Jurisprudencia sobre las condiciones de admisibilidad de las limitaciones a la libertad de expresión (estándar de test tripartito). En Jurisprudencia Nacional en Materia de Libertad de Expresión. https://www.oas.org/es/cidh/expresion/docs/basicos/JURISPRUDENCIA_ESP.pdf?form=MG0AV3
Covarrubias, I. (2005). Notas críticas a la figura del "personaje público" como criterio legitimador para la intromisión en la vida privada de las personas. Estudios Constitucionales, 3(2), pp. 163-197. https://www.redalyc.org/pdf/820/82030206.pdf
ECIJA. (2021, 10 de marzo). México: Propuesta de iniciativa sobre regulación de redes sociales, impactos y consideraciones para las empresas. https://ecija.com/sala-de-prensa/mexico-propuesta-de-iniciativa-sobre-regulacion-de-redes-sociales-impactos-y-consideraciones-para-las-empresas/
Escola, H. J. (1989). El interés público como fundamento del derecho administrativo. Depalma. https://doi.org/10.22201/iij.24484873e.1992.73.2927
Foster, S. (2014). Public figure privacy rights versus free speech: Reclaiming the public interest defence in UK law. En A. Fayos y P. Conde (Coords.), Los derechos a la intimidad y a la privacidad en el siglo XXI (pp. 87-112). Dykinson.
Gobierno de Nuevo León (2024). Información de Interés Público. Info nl. https://infonl.mx/enlaces-institucionales-de-interes/informacion-de-interes-publico/
Huerta, C. (2007). El concepto de interés público y su función en materia de seguridad nacional. IIJ-UNAM.
Instituto de Investigaciones Jurídicas (IIJ). (1984). Diccionario Jurídico Mexicano (tomo V, I-K). UNAM.
Martínez, M. (2017). Los nuevos límites al derecho al olvido en el sistema jurídico de la Unión Europea: la difícil conciliación entre las libertades económicas y la protección de datos personales. Estudios de Deusto, 65 (2), pp. 139-176. https://doi.org/10.18543/ed-65(2)-2017pp139-176
Nucci, H. (2017). El derecho de réplica. Miguel Ángel Porrúa–Tecnológico de Monterrey.
Nucci, H. (2022). Los derechos de la personalidad en el Internet y las redes sociales. CONACYT–Santi Ediciones.
Nucci, H. (2023, 16 de febrero). Derecho al olvido o derecho de rectificación en internet. El Heraldo de México. https://heraldodemexico.com.mx/opinion/2023/2/16/derecho-al-olvido-derecho-de-rectificacion-en-internet-481940.html
Orozco, V. E. (2013). La ponderación como técnica de aplicación de las normas sobre derechos fundamentales: una sentencia emitida por el Tribunal Constitucional Español en materia de libertad religiosa. Revista Judicial, Costa Rica, (109), pp. 25-41. https://www.corteidh.or.cr/tablas/r31074.pdf
Pérez, V. (2012). Protección de datos personales en la administración de justicia federal. En E. Ferrer, Procesalismo científico. Tendencias contemporáneas (pp. 187-200). UNAM. https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/7/3069/15.pdf
Red Iberoamericana de Protección de Datos (RIPD). (2005, 4 de noviembre). El acceso a la información pública y la protección de datos personales [Archivo PDF]. https://www.redipd.org/sites/default/files/inline-files/mexico_acceso_definitivo.pdf
Sancho, M. (2020). Límites del derecho al olvido. Veracidad y tiempo como factores de ponderación. Revista General de Derecho Constitucional, (32), pp. 1-33. https://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=7384037
Warren, S. y Brandeis, L. D. (1890). The Right to Privacy. En Harvard Law Review, 4 (5). https://www.cs.cornell.edu/~shmat/courses/cs5436/warren-brandeis.pdf
Jurisprudencia
Amparo en revisión 341/2022. Ponente: Ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá. Resuelto en sesión de 23 de noviembre de 2022, por mayoría de votos.
Código Civil para el Distrito Federal (CCDF). Última reforma publicada en la G.O.C.D.M.X. el 2 de marzo de 2021. Congreso de la Ciudad de México (México).
Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). (2024). Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso-Administrativo. Sección Tercera. STS 1401/2024, Sentencia núm. 374/2024, sentencia, 4 de marzo de 2024.
Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). (2008, 2 de mayo). Caso Kimel vs Argentina, Sentencia del 2 de mayo de 2008, Serie C No. 177. https://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_177_esp.pdf
Curtis Publishing Co. v. Butts, 388 U.S. 130 (1967). U.S. Supreme Court. https://supreme.justia.com/cases/federal/us/388/130/
Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados (LGPDPPSO).
Ley Orgánica 3/2018. De 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. 5 de diciembre de 2018. BOE, núm. 294. https://boe.es/buscar/pdf/2018/BOE-A-2018-16673-consolidado.pdf
New York Times Co. v. Sullivan, 376 U.S. 254, (1964). U.S. Supreme Court. https://supreme.justia.com/cases/federal/us/376/254/
Organización de los Estados Americanos (OEA) y Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). (2013). Jurisprudencia nacional sobre libertad de expresión y acceso a la información. Preparado por la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. OEA–CIDH. https://www.oas.org/es/cidh/expresion/docs/publicaciones/2013%2005%2020%20jurisprudencia%20domestica%20sobre%20libertad%20de%20expresion%20y%20ai.pdf
Prager, E. C. (1978). Public Figures, Private Figures and Public Interest. Stanford Law Review, 30.
Reglamento de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (Reglamento de la LFPDP).
Rosenbloom v. Metromedia, 403 U.S. 29 (1971). U.S. Supreme Court. https://supreme.justia.com/cases/federal/us/403/29/
Senado de la República. (2019). Iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 71 de Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en materia de obligaciones del ejecutivo federal para dar a conocer su estado de salud presentada por la Diputada Dulce María Sauri Riancho a la LXIV Legislatura del H. Congreso de la Unión, Gaceta de la Comisión Permanente, miércoles 31 de julio de 2019, http://www.senado.gob.mx/64/gaceta_comision_permanente/documento/97820
STC 197/1991. De 17 de octubre. En que se añade que los personajes públicos por razón de su actividad profesional “han de sufrir mayores intromisiones en su vida privada que los simples particulares”. 15 de noviembre de 1991. BOE, núm. 274, FJ 4.
STC 134/1999. De 15 de julio. 18 de agosto de 1999. BOE, núm. 197, FJ 7.
STC 83/2002. De 22 de mayo 2002. BOE, núm. 122, FJ, 5.
Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). (2010). Primera Sala. Derechos a la privacidad, a la intimidad y al honor, Su protección es menos extensa en personas públicas que tratándose de personas privadas o particulares. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXXI, marzo de 2010, p. 923, Tesis:1a. XLI/2010, registro: 165050. https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/165050
Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). (2013a). Primera Sala. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Décima Época, Tomo 1, Libro XX, mayo de 2013, p. 549, Tesis: 1a. CLV/2013 (10a.), registro: 2003628.
Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). (2013b). Primera Sala. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Décima Época, Tomo 1, Libro XX, mayo de 2013, p. 550, Tesis: 1a. CXXXIII/2013 (10a.), registro: 2003631.
Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) (2014). Primera Sala. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Décima Época, Tomo 1, Libro 3, febrero de 2014, p. 674, registro: 2005538.
Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). (2022). Comunicado de Prensa No. 424/2022, Ciudad de México, 23 de noviembre de 2022. https://www.internet2.scjn.gob.mx/red2/comunicados/noticia.asp?id=7148
Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). (2017, 9 de marzo). Nueva sentencia relevante del tribunal Europeo de Justicia sobre el derecho al olvido. https://lopdencastellon.com/nueva-sentencia-relevante-del-tribunal-europeo-de-justicia-sobre-el-derecho-al-olvido/
Unión Europea (UE). (2020, 9 de septiembre). Reglamento General de Protección de Datos (RGDP), Your Europe. https://europa.eu/youreurope/business/dealing-with-customers/data-protection/data-protection-gdpr/index_es.htm
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