Fiscalización superior y transparencia
DOI:
https://doi.org/10.5281/zenodo.17820691Palabras clave:
Fiscalización superior, transparenciaResumen
La fiscalización superior y la transparencia son conceptos inseparables en cualquier sistema democrático que aspire a que los principios de legalidad, máxima publicidad, eficiencia y rendición de cuentas caractericen la gestión de los asuntos públicos. Mientras la fiscalización evalúa y verifica la captación, administración y aplicación de los recursos públicos, la transparencia garantiza que dicha información sea accesible y comprensible para la ciudadanía. Su relación es de mutua dependencia: la fiscalización promueve la transparencia al generar información detallada y confiable sobre las acciones gubernamentales; la transparencia, por su parte, fortalece la fiscalización al facilitar el acceso a datos relevantes y permitir una revisión informada.
Citas
Agencia Digital de Innovación Pública de la Ciudad de México. (s. f.). Tianguis Digital: Sistema de Compras Públicas de la Ciudad de México. https://tianguisdigital.cdmx.gob.mx/
Auditoría Superior de la Ciudad de México. (s. f.). Primer informe parcial de la fiscalización superior de la Cuenta Pública de la Ciudad de México correspondiente al ejercicio de 2021 (p. 42). https://ascm.gob.mx/Pdfs/1er_Informe_Parcial_CP_2021/files/basic-html/page42.html
Bonilla Gutiérrez, J. C. (2023, junio). La conexión entre los sistemas anticorrupción, electoral y de transparencia [Ponencia]. Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México.
Buena administración pública. Constituye un derecho fundamental de las personas y un principio de actuación para los poderes públicos (legislación de la Ciudad de México), Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, tesis aislada núm. I.4o.A.5 A (11a.), Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Libro 8, tomo III, 2225 (2021). Registro digital: 2023930.
Constitución Política de la Ciudad de México. (s. f.) [Const]. https://data.consejeria.cdmx.gob.mx/images/leyes/estatutos/CONSTITUCION_POLITICA_DE_LA_CDMX_14.pdf
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (s. f.) [Const]. https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf
Decreto por el que se expiden la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados; la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares; y se reforma el artículo 37, fracción XV, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. (2025) [Ley]. https://bit.ly/487LEWt
Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. (2024) [Ley]. https://bit.ly/487uWqh
Instituto Latinoamericano y del Caribe de Planificación Económica y Social (ILPES), Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL). (2022). Valor público y gestión por resultados. https://www.cepal.org/sites/default/files/courses/files/valor_publico_y_gestion_por_resultados.pdf
Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción. (s. f.) [Ley]. https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGSNA_200521.pdf
Reglamento Interior de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno. (2024) [Reglamento]. https://bit.ly/3XEvWgv
Secretaría de Hacienda y Crédito Público. (2023). Cuenta pública. https://www.cuentapublica.hacienda.gob.mx/
Publicado
Cómo citar
Número
Sección
Licencia

Esta obra está bajo una licencia internacional Creative Commons Atribución-NoComercial-CompartirIgual 4.0.
Esta revista adhiere a la licencia Creative Commons en la definición de su política de acceso abierto y reúso del material publicado, en los términos siguientes:
- Accesibilidad a los artículos y demás publicaciones de manera total o parcial bajo el concepto de copia, distribución, comunicación pública, acceso interactivo (por internet u otros medios), manteniendo de manera explícita el reconocimiento al autor o autores y a la propia revista (reconocimiento de autoría).
- Advertencia de que si se remezcla, modifican los artículos o se emplean fragmentos en otras creaciones, no se puede distribuir el material modificado, ni tampoco se permite reconstruir versiones a partir de los artículos originales publicados (obras derivadas).
- Se prohíbe el uso de contenidos de los artículos publicados, total o parcialmente, con fines lucrativos (reconocimiento no comercial).
El autor conserva los derechos de autor, transfiere u otorga derechos comerciales exclusivos al editor, y se utiliza una licencia no comercial.








